Las renovables se quedan sin ayuda

Imagen de la planta termosolar Puerto Errado II, en Calasparra, Murcia. Entrada en operación prevista para Abril de 2012.

El pasado Viernes 27 de Enero, el ministro de industria, energía y turismo, José Manuel Soria, anunció la suspensión temporal de la concesión de primas a nuevas instalaciones energéticas de régimen especial  (cogeneración y renovables).

Significa esto que los proyectos pendientes de comienzo, que no tuviesen la prima autorizada o no inscritas en el registro de preasignación con anterioridad a la entrada en vigor del real decreto ley dejarán de recibir la prima.

Ante la medida, se han producido reacciones de oposición por parte de organizaciones ecologistas y del sector de las energías renovables que basan su argumentación en el empleo que genera el sector de las renovables, la inversión en investigación y desarrollo, la rentabilidad de la actividad y la no influencia de las primas que se reciben en el déficit tarifario argumentado por el Gobierno.

En distinta posición se sitúan las eléctricas del régimen ordinario que consideran positiva la moratoria.

Pero… qué significa en la práctica?.

El sistema de retribución de la energía generada en régimen especial se establece en el RD661/2007, según el cual se suma una prima complementaria a la tarifa establecida para cada tipo de instalación.

Pongamos un ejemplo que me es cercano. La planta en la cual estoy actualmente trabajando (foto de arriba), termosolar de 30MW, categoría b, subgrupo b.1.2, tiene establecida el siguiente sistema de tarifas y primas:

Plazo                                                     Primeros 25 años                    A partir de entonces

Tarifa regulada c€/kWh                                26,9375                                   21,5498

Prima de referencia c€/kWh                        25,4000                                    20,3200

Límite superior c€/kWh                                                       34,3976

Límite inferior c€/kWh                                                         25,4038

La tarifa regulada se complementa con una prima de referencia. La retribución conjunta, dentro de los límites inferior y superior para evitar rendimientos fuera de los límites deseados, tanto positivos como negativos. Es esta prima de referencia la que se elimina con el RDL aprobado.

Consultando el resto de tablas del RD661, se puede comprobar la incidencia que supone para el régimen energético especial la supresión de las primas. En algunos tipos de generación la prima se movía en el 60% de la tarifa regulada…

En estas condiciones y en el estado general del país, resulta complicado pensar en que a corto plazo se inicien nuevos proyectos en España más allá de los 1.700MW de eólica y 5ooMW de solar ya aprobados.